PRESENTACIÓN DEL RENDIMIENTO DE ALUMNOS
NOTIFICACIÓN DE CIRCULARES
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El período
durante el cual se puede llevar a cabo el trámite va del 06 de septiembre hasta el 29 de octubre del corriente año.
A. Confeccionar un único archivo en formato PDF conteniendo la documentación requerida (ver punto B.)
B. Adjuntar la documentación en el orden que se consigna:
01. Nota
de elevación de la
Dirección del Establecimiento dirigida al
Subprograma Cargos
Docentes, la cual deberá consignar Nombre y Apellido (completo) del aspirante, N° del
DNI, y
detalle de la documentación presentada. Será firmada
y sellada por la autoridad competente.
02. Planilla de solicitud del docente, detallando el cargo y/u
horas cátedra que pretende
titularizar (se puede descargar haciendo click aquí).
03. Copia de DNI (legible), anverso y reverso.
04. Certificado de CUIL (legible).
05. DJ-02 (para descargar formulario – click aquí). El formulario
descargado -formato Word- puede ser completado en PC (excepto la firma y
aclaración - No completar ni imprimir "on line". Descargar previamente en formato "Word"). Escribir con prolijidad y si fuera necesario se puede utilizar más
de un formulario para tener más espacio y que se pueda distinguir lo detallado.
En el ...
...Anverso
a. Consignar todos los
datos que se mencionan en el encabezado.
b. Se declaran todos los
cargos y/u
horas
cátedra que posee en el ámbito público y privado
c. Nombre de la Escuela
completo
Para Nivel
Secundario:
d. En Materia o Espacio
Curricular: detallar el nombre de la misma/o, según decreto de designación o
reubicación; colocar cantidad de horas cátedra, turno, situación de revista
(interino) y horario de prestación de servicios con intervalos de 40 minutos.
e. En el DJ-02 deben
figurar la totalidad de cargos y/u horas cátedra vigentes y en uso de licencia.
f. En los cargos y/u
horas cátedra en uso de licencia se deben detallar los horarios de prestación
de servicios y el turno.-
...Reverso
g. Completar si posee
cargos y/u horas cátedra en otros ámbitos Públicos (-por ejemplo Universidades nacionales
o provinciales), Privados, Municipales, de Autogestión y carrera Sanitaria.
Firmada y sellada por autoridad competente.
h. En caso de no poseer
cargos y/u horas cátedra, deberá cruzar la carilla y completar con Lugar, fecha
y firma.
06.
Decretos a presentar
i. Deberá figurar el
decreto de designación como interino o decreto de cambio de situación de
revista (p.ej.: suplente a interino), a los fines de contabilizar la antigüedad
docente como interino en el cargo.
j. Quienes hayan sido
reubicados por motivos de cambio de estructuras curriculares u otros motivos
deberán adjuntar el o los decretos de reubicación correspondientes.
k. Las copias de todos
los decretos que se ajunten deben estar completas y legibles.
07.
Constancia de
Prestación de Servicios (para descargar formulario – click aquí)
l. Detallar todos los cargos
y/u espacios curriculares que posee el docente en el establecimiento con fecha
de ingreso, consignando si continúa.
m. Firmada y sellada por
autoridad competente y el docente. Completar correctamente los campos solicitados.
08.
Conceptos
Profesionales (tres
últimos)
n. La valoración de los
conceptos debe responder a los Decretos N°6996-ME-2008, N°3392-ME-2011 y N°4218-ME-2021
(para ver estos decretos - click sobre el número correspondiente); esta debe
ser Muy Bueno o Excelente. De lo contrario la Institución deberá denegar el
trámite.
o. Los encabezados de
los mismos deben tener el Apellido y Nombre completos como así también el
número de DNI correspondiente.
p. Los tres últimos conceptos solicitados
deben corresponder a la Institución en la que aspira titularizar.
q. En el ítem Situación
de Revista debe figurar "lnterino", si además posee otra situación,
por ej. Titular o Suplente, también se consignará. -Aquellos conceptos en los que
en todas las hojas figura nombre y apellido, deben estar completos.
r. En la última hoja
deben figurar todas las firmas y sellos correspondientes como así también la notificación
del puntaje.
09. Título
s. Debe figurar titulo analítico
completo (de egreso) y legalizado.
t. El Título deberá
corresponder al Cargo o Espacio curricular a titularizar, a los fines de que la
Junta de Clasificación determine la competencia como “Título Docente, Habilitante
o Supletorio” según la normativa Vigente.
10.
Titularización de Secretario/a,
Director(a) de Tercera categoría y Director(a) de Personal Único.
u. Valen todos los
puntos del 1 al 9, para el trámite.
v. Para aquellos
aspirantes que solicitaron licencia por Cargo de Mayor Jerarquía, para acceder
a dicho cargo, deberán presentar nota de renuncia a cargos anteriores, adjuntar
el decreto como titular en el cargo y el formulario de cese, TP-02.
w. En el DJ-02 deben
figurar cargos y/u horas cátedra vigentes y en uso de licencia. En los cargos
en uso de licencia deben detallarse los horarios de prestación de servicios y
turnos.-
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·
Trayectoria
sostenida
Al finalizar el año escolar 2021 la/el
estudiante hubiere alcanzado una participación no menor al 70%
·
Trayectoria
intermitente
...participación
entre el 69,9% y el 25%
·
Trayectoria de
baja intensidad con registro en la escuela
...participación
inferior al 25% de lo establecido.
La Escuela Secundaria realizará un acompañamiento especial de la/el
estudiante de la Escuela Primaria (que no haya aprobado hasta dos materias de
sexto grado), asignando profesores tutores para el fortalecimiento de las
acciones de transición del Nivel, articulando con la Escuela Primaria los contenidos de las
evaluaciones parciales a efectos de lograr óptimos resultados.
INGRESANTES 2022, 1 ° año: Durante
el mes de marzo deberá preverse, desde la organización institucional, un
período inicial que propicie espacios de acompañamiento y socialización,
secuencias de priorización curricular, y agrupamientos flexibles entre las y los estudiantes en
relación con los informes de trayectorias de finalización del nivel primario.
CICLO BÁSICO: En el
marco de la unidad pedagógica del presente Ciclo Lectivo se generarán espacios
de intensificación de la enseñanza atendiendo la priorización curricular
realizada por cada institución. Se trabajará especialmente en fortalecer los
aprendizajes en el cierre del ciclo y
pasaje al siguiente.
EGRESADOS 2021: Para las y los
estudiantes que se encuentran
cursando el último año del nivel secundario en 2021, y que presentan trayectorias intermitentes o de
baja intensidad, se
desarrollarán acciones de acompañamiento e intensificación de la enseñanza, seguimiento pedagógico y
administrativo. Se implementarán instancias complementarias de trabajo durante
el segundo semestre, que apunten a recuperar a través de los dispositivos de
evaluación formativa y/o cualitativa los aprendizajes en función de los
contenidos priorizados.
Para las/los egresados que no
hubieren alcanzado a diciembre de 2021 la acreditación del nivel, se desarrollarán durante los meses
de febrero, marzo, abril, mayo y
junio del próximo año, instancias de exámenes compensatorias y complementarias.
LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS del
nivel dispondrán de recursos y asistencia técnica para el desarrollo de
estrategias de intensificación de la enseñanza.
CALIFICACIÓN: Se prevé a
partir de la Resolución N° 154-ME-2020, la elaboración de un Informe
Descriptivo Pedagógico Individual de los aprendizajes de las y los
estudiantes en el Ciclo Básico y el Ciclo Orientado.
PROMOCIÓN: La/el estudiante que
acredite como mínimo el 70% de los contenidos priorizados en los espacios curriculares
obtendrá su promoción. La/el estudiante que al momento del cierre del ciclo
lectivo 2021 no haya logrado acreditar un mínimo de 70% de los contenidos
priorizados para el pasaje al año subsiguiente dispondrá de instancias de
intensificación de la enseñanza para los aprendizajes no alcanzados con
seguimiento personalizado e instancias de evaluación compensatorias y
complementarias durante los meses de diciembre y marzo. Concluidas estas
instancias si la/el estudiante no hubiera alcanzado al menos el 70% de
aprobación requerido, se aplicará lo dispuesto por la Resolución Nº 34-ME-2012 (ver Link "Normativa del Ministerio de Educación" al pie del Blog),
según la cual un estudiante no puede contar con más de tres (3) espacios curriculares
sin aprobar para el pasaje al año subsiguiente, por lo tanto, no será promovido.
La promoción de las/los estudiantes
del Nivel Secundario será acompañada de los Informes Pedagógicos Descriptivos Individuales, tanto en el Ciclo Básico
como en el Ciclo Orientado. Tener en cuenta que en 4°, 5°, 6° y 7° año de la
Modalidad de Educación Técnico Profesional, la calificación será numérica para
la acreditación final, a los
fines de la elaboración del certificado analítico y según pautas establecidas en la
Resolución Nº 34-ME-2012.
Para el cierre de la Unidad Pedagógica
2020-2021 y la confección del
"Libro Matriz" en el Nivel Secundario y sus distintas
modalidades se tendrá en consideración la escala definida en el
siguiente cuadro:
Escala de desempeño académico |
Promoción |
|
LOGRADO |
Acreditó como mínimo el 70% de los objetivos |
|
MEDIANAMENTE LOGRADO |
Acreditó entre el 69,9% y el 40% de los objetivos. |
|
EN PROCESO |
Acreditó menos del 40% de los objetivos. |
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Art. 2º.- Disponer que las grillas aprobadas por el Art. 1º de la presenteResolución serán aplicables con carácter excepcional, para la evaluacióncorrespondiente al ciclo lectivo 2020, de docentes, equipos directivos,Secretarias/os-Preceptores y Directores de Personal Único de todos losniveles, de establecimientos educativos.-Art. 3º.- Establecer, por única vez y exclusivamente para el ciclo lectivo 2020, queel puntaje a asignar en la Dimensión Asistencias, será de SIETE (7)puntos o más.-Art. 4º.- Exceptuar de lo dispuesto en la presente Resolución al personal docentey/o integrantes de equipos directivos con cambio de funciones dispuestopor Resolución del Programa Capital Humano para el ciclo lectivo 2020.-
Los Profesores que lo requieran podrán pasar por la Dirección de la escuela (con tiempo) para consensuar las valoraciones. Al tal efecto les ofrecemos los modelos de grilla en dos formatos:
Si se elige el formato Word se podrán completar los DATOS de la primera hoja a máquina (solamente los datos), previo a su impresión. Una vez impresa la grilla en uno de ambos formatos, se procederá a completar las valoraciones haciendo las cruces EN LÁPIZ. La grilla así preparada se llevará a la escuela donde se terminarán de confirmar las valoraciones en un diálogo con los directivos.
(Vistos los ANEXOS de las Resoluciones 366/20 CFE.,
368/20 CFE. y 154/20ME-S.Luis y la Circular Interna N°15)
1. Los contenidos correspondientes al
Ciclo Lectivo 2020 se acreditarán a partir de marzo de 2021.
2. Lo mismo vale para los contenidos
pertenecientes al Ciclo Lectivo 2021.
3. La actividad escolar del Ciclo Lectivo
2020 (virtual en su totalidad) se evaluará durante el presente período (2020) solamente
desde el punto de vista del cumplimiento y de la calidad de entrega de las tareas
asignadas, sin calificar el nivel de acierto de los contenidos.
4. A los efectos de valorar esta
actividad a lo largo de todo el Ciclo 2020, se confeccionarán Informes
Pedagógicos Descriptivos expresados en una escala
cualitativa.
5. Estos Informes Pedagógicos darán pie para retomar en el Ciclo 2021 las actividades incompletas o no desarrolladas en
el 2020.
6. Para complementar esta información,
los Profesores de todas las asignaturas detectarán mediante Diagnósticos (a realizarse presencialmente
en las primeras semanas de marzo 2021), cuáles son los contenidos del ciclo
anterior que necesitan ser retomados o reforzados.
7. Dichos diagnósticos serán diseñados
por los Profesores que tuvieron a cargo la Asignatura en el período 2020 y sus
resultados serán analizados por ambos Docentes: el que la dictó en el Ciclo
pasado y el que llevará la materia en el Ciclo 2021.
8. Este equipo de Docentes será el
encargado de delinear y garantizar la continuidad de la Asignatura en cuestión (solo
en aquellos casos detectados en el diagnóstico). El diseño resultante se
plasmará en una escueta planificación ad
hoc, a presentar junto a la correspondiente al Ciclo 2021.
9. Los tiempos disponibles para el
desarrollo de estos contenidos adeudados estarán sujetos a lo que acuerden los
Docentes con el Equipo Directivo.
10. Cuando el Equipo Directivo lo disponga,
de acuerdo a lo planificado por los docentes, se llevarán a cabo las
evaluaciones pertinentes a los contenidos del Ciclo 2020; dándose por entendido
que recién se cerrarán las planillas de calificaciones cuando finalice el
período correspondiente a la Unidad Pedagógica.
11. La metodología y las exigencias de
acreditación del Ciclo pendiente serán consensuadas e institucionalizadas en
reuniones de las Áreas afines, para lograr una articulación coherente.